Sanidad promulga medidas de nivel 3 en la ciudad de Toledo ante la incidencia de la pandemia
Toledo, 5 de noviembre de 2020. – El Ministerio de Sanidad, a través de la Diputación Provincial de Sanidad de Toledo, ha decretado medidas especiales de nivel 3 para frenar la ampliación del Covid-19 en la ciudad de Toledo.
En los últimos 14 días (semanas 43 y 44) se notificaron 640 casos en el municipio de Toledo, lo que representa una tasa de incidencia acumulada de 754,1 casos por 100.000 habitantes (superior a la de los 14 días incluidos en las semanas 42 y 44). 43 (699,9 casos por 100.000 habitantes).
La razón de la tasa de incidencia entre las semanas 44 y 43 es, con datos aún provisionales, de 0,83, lo que indicaría, en el mejor de los casos, una tendencia a la baja cercana a la estabilidad en un escenario de alta incidencia.
Asimismo, en la semana 44 hubo 52 casos de 65 años o más (17,9% del total de casos) con una tasa de 363,2 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años (ligeramente inferior a de la semana 43 pero superior a la semana 42).
Entre las semanas epidemiológicas 43 y 44 se notificaron en Toledo un total de 106 casos de COVID-19 en personas de 65 y más años (16,6% del total), lo que representa una tasa de incidencia acumulada en los últimos años. 14 días de 740,4 casos / 100.000 habitantes mayores de 64 años.
La tasa de incidencia acumulada en las semanas 42 y 43 (287,5 y 412,4 casos por 100.000 habitantes respectivamente), la incidencia acumulada en los últimos 14 días (750 casos por 100.000 habitantes), la relación entre las tasas de incidencia y una tendencia. en semanas de 42 a 43 (+ 43%), las altas tasas de incidencia en personas de 65 años o más (incidencia acumulada en los últimos 14 días de 740,4 casos por 100.000 habitantes) y el peso relativo creciente de este grupo de edad respecto al total de casos está claramente muy por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
Mediciones
Por tanto, en virtud del protocolo elaborado por el Ministerio de Sanidad, es necesario decretar en el Ayuntamiento de Toledo las siguientes medidas de salud pública de nivel 3 actualizadas conforme a la Instrucción 12/2020, de 29 de octubre de 2020 emitida por la Dirección General de Salud Pública , por 10 días prorrogables según la situación epidemiológica:
Cierre de residencias de ancianos y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
Eliminación del servicio de bar en todos los bares, restaurantes y demás instalaciones de alojamiento de la ciudad. La capacidad en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 30% del máximo previamente establecido.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su capacidad al 50% del número máximo de mesas que tenían previamente establecido con una distancia de al menos 2 metros entre las sillas de las distintas mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas por la normativa sobre distancias de seguridad y agrupación.
Capacidad máxima de 6 personas por mesa o grupo de mesas.
Los bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares cierran a las 23:00 h.
Para garantizar el control de la capacidad y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en los establecimientos de alojamiento está prohibido el servicio a los usuarios que no estén sentados en mesas especialmente preparadas, tanto en el interior del local como en la terraza, así como el consumo de alimentos y bebidas. fuera de estos.
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las que se realicen en hoteles y restaurantes, como las que se realicen en otro tipo de estructuras, tendrán una capacidad limitada a 60 personas en un espacio abierto y 30 en un espacio. cerrado, garantizando siempre el resto de medidas previstas por la legislación vigente.
En los establecimientos que se consideren salas de bingo, casinos, salas recreativas y de juego y establecimientos específicos de apuestas, la capacidad máxima se limitará al 30% de la establecida.
Suspensión cautelar de la actividad en los centros de día de mayores y discapacitados y de los servicios de hospitalización de mayores.
Suspensión de visitas sociales en hogares de ancianos, centros para personas con discapacidad severa, hogares de acogida para ancianos y centros socio-sanitarios residenciales. La entrada a estos centros para personas ajenas a ellos se limitará a lo estrictamente necesario. Los hogares vigilados y los hogares para personas con discapacidad están exentos del cumplimiento de esta medida, pero deben observarse todas las medidas preventivas generales (retirada, uso de máscaras, uso de soluciones hidroalcohólicas y otras medidas para prevenir posibles infecciones).
No se permitirán salidas excepto por motivos de fuerza mayor en residencias de ancianos y hogares de ancianos. A su regreso, deberán permanecer en cuarentena por el período establecido en los protocolos vigentes en ese momento. Sí, se puede permitir el abandono definitivo o el traslado temporal al domicilio familiar, siempre por un período superior a la vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no es posible regresar al centro mientras estas medidas estén vigentes), y después de la ejecución pruebas de diagnóstico según lo establecido en el reglamento anterior y autorización de la autoridad sanitaria competente.
En otros centros socio-sanitarios residenciales para personas con discapacidad, menores, personas con TMG, se permitirán salidas siempre que la persona no sospeche o tenga síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro esté libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que dichas salidas se realicen acompañados de un profesional del centro.
A los trabajadores que, luego de un período de vacaciones o ausencia del trabajo por más de una semana, ingresen a residencias socio-sanitarias y domicilios vigilados / supervisados u otros dispositivos residenciales socio-sanitarios, se les realizará un PCR antes de su incorporación para descartar Contagio de COVID-19.
La estancia de personas en lugares de culto en espacios cerrados está limitada fijando el 40% del aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios exteriores debe garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa de salud e higiene en materia de prevención y contención del COVID-19, no debiendo exceder el número máximo de cien personas.
Se reforzarán los controles para evitar el consumo no autorizado de alcohol y otras actividades prohibidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán estrictamente las sanciones correspondientes.
El Ayuntamiento incrementará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.
Suspensión de actividades recreativas colectivas, tales como espectáculos, eventos culturales o deportivos, corridas de toros u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no se reflejen en los demás supuestos contenidos en estas medidas.
Suspensión de competiciones deportivas no federadas. Las competiciones a nivel federativo pueden tener lugar sin la presencia del público y de acuerdo con los protocolos vigentes en cada momento.
Suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas).
Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no regulados reducirán su capacidad máxima al 50% de la normal.
Cierre preventivo de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos.
Se suspenderá la actividad presencial de congresos, seminarios y actividades de similar naturaleza.
Los hoteles solo pueden ocupar el 50% de su capacidad. El uso de sus áreas comunes estará limitado en su capacidad al 25%.
En las instalaciones deportivas de cualquier propiedad, la capacidad máxima será del 20% en interiores y del 50% en exteriores.
Cierre de Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso público recreativo independientemente de su titularidad.
Las piscinas de bloques de construcción comunitarios no pueden exceder el 25% de su capacidad.
Reducción de mercadillos y mercados al aire libre a un tercio de los puestos previamente autorizados.
Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de similares características durante el horario de 22:00 a 8:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de adecuadas medidas de prevención y protección individual.
En tiendas y otros establecimientos comerciales, el saneamiento será extremo. La higiene de manos con gel hidroalcohólico debe realizarse a la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluidos supermercados y centros comerciales, limitarán su capacidad a un tercio de la capacidad máxima.
El empleo de autobuses y taxis urbanos se limitará al 50%.
Se harán esfuerzos para aumentar la frecuencia de los horarios de los autobuses para evitar aglomeraciones.
Seguimiento estrecho del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeras de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, requiriendo la colaboración de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se requiere en casos concretos.
Si la Administración Municipal tiene conocimiento de otros lugares o actividades que puedan suponer riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Salud, para que proceda a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de interrumpir la transmisión. virus.
Recomendar a los ciudadanos la limitación de las reuniones sociales fuera del grupo de convivencia estable.